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Libreta militar de los Colombianos residentes en el exterior

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La ley colombiana ha establecido que todos los varones deben definir su situación militar una vez han alcanzado la mayoría de edad. En ese sentido la ley sigue siendo igual de válida aunque el ciudadano se encuentre en el exterior.

En caso que usted sea colombiano con una edad que oscile entre los 18 y los 28 años y se encuentre por fuera del país, usted se encuentra en plena obligación de tramitar la libreta militar ante el cónsul de Colombia en el país que reside. Para ello va a solicitar una tarjeta militar provisional que tendrá una vigencia de dos años.

Libreta militar en el exterior

¿Cuáles son los requisitos?

El trámite de la libreta militar de los colombianos residentes en el exterior exige los siguientes documentos:

  • Dos fotos de 3 x 4 cms de frente y con fondo azul.
  • Dos fotocopias de la cédula de ciudadanía del interesado que estén ampliadas al 150%.
  • Dos fotocopias del pasaporte y de la visa si el caso lo amerita.
  • Dirección bien especificada y clara de la residencia del ciudadano.
  • Dos fotocopias del recibo de consignación individual. En él debe aparecer el nombre completo de la persona que lo ordena, el valor del monto que se cancela y el concepto del pago.

Para realizar la consignación de los 115 dólares libres de descuentos debe hacerse siguiendo los pasos que se muestran a continuación:

Un ejemplo de consignación:

BANCO INTERMEDIARIO
Nombre : Citibank
Ciudad y país : New York – USA
Código ABA : 021000089
Código SWIFT :CITIUS33

CLIENTE BENEFICIARIO
Nombre : Tesorería Dirección de Reclutamiento y Control Reservas.
Cuenta : 200120715
Sucursal : Banco de Occidente
Ciudad y país : Bogotá, D.C. Colombia
Dirección : Avenida Caracas N 9 – 51
Teléfono : 3362211 extensión 138 (Oficina de Atención al Usuario/consulados)

Cada uno de los costos correspondientes por transferencias o giros tendrán que ser asumidos por la persona que está ordenando la realización del trámite.

Los documentos deben ser entregados al Cónsul respectivo quien se encargará de establecer la relación y de la intermediación con la cancillería colombiana a través de un oficio remisorio que podría contener a más de un ciudadano, aunque los recibos sí deben de ser individuales. El documento debe ser dirigido del siguiente modo:

Señores
DIRECCIÓN DE RECLUTAMIENTO Y CONTROL RESERVAS EJÉRCITO.
Avenida Caracas N 9 – 51
Bogotá D.C. (Colombia)


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